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FLORA ENDÉMICA, RARA O AMENAZADA Imprimir E-Mail

El extraordinario valor de la biodiversidad vegetal y la necesidad de su conservación ha ocasionado el desarrollo de una disciplina que se conoce como la Biología de la Conservación, que analiza los aspectos teóricos y prácticos de la conservación de las especies amenazadas.

En este sentido podemos hablar de flora endémica, rara o amenazada. Flora rara hace referencia a su rareza/abundancia, una especie vegetal puede ser rara por ser poco abundante (pese a tener una distribución amplia) o por poco prevalente, esto es, no se distribuye ampliamente sino que se encuentra localizada muy puntualmente no necesariamente con pequeños tamaños poblacionales, lo cual está relacionado con el concepto de grado de endemismo, que es, digámosle, la categoría corológica de la especie. El grado de amenaza indica su potencial de extinción (expresado en términos probabilísticos) y es el aspecto prioritario en la biología de la conservación de especies vegetales. La prioridad de conservación sigue el siguiente orden: REA, RnEA, nREA, REnA, RnEnA, nREnA y nRnEnA .
R= especie rara; nR=especie no rara; E=endémica; nE= no endémica; A=amenazada; nA=no amenazada

Para el estudio en el término municipal de Godella se consultó el catálogo titulado “Flora amenazada valenciana. Plantas de la Directiva de Hábitats y del Catálogo Nacional de Especies Amenazadas” (Generalitat Valenciana. Conselleria de Medio Ambiente, 1998) y la clasificación recogida en el “Libro de Flora endémica, rara o amenazada de la Comunidad Valenciana” publicado por la Dirección General de Conservación del Medio Natural de la Conselleria de Medio Ambiente de la Generalitat Valenciana (Laguna et al.,1998).

En el aspecto referente a la presencia de especies vegetales que, dentro del término municipal de Godella, se encuentren incluidas en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas (R.D. 439/1990 de 30 de abril, BOE de 5 de mayo de 1990) y anexos II y IV de la Directiva de hábitats (Directiva 92/43/CEE de 21 de mayo) no se han encontrado resultados positivos, esto es, no se ha encontrado ninguna de las especies recogidas en estos catálogos.

Por otro lado debemos hacer especial mención a la presencia de especies endémicas, valores propios de un territorio y que debemos conservar en cualquier caso. En este sentido se plantean tres grupos de especies endémicas localizadas en el término municipal de Godella en función de su nivel de endemismo respecto de los límites administrativos de la Comunidad Valenciana (Laguna et al.,1998), a saber: endemismos exclusivos de la Comunidad Valenciana, endemismos casi exclusivos o compartidos de área global muy restringida, y endemismos ibéricos en sentido amplio. Para hacer referencia al grado de amenaza, las estrategias de conservación y las referencias a la protección jurídica actual se utilizan unas siglas que se detallan a continuación:

Grado de amenaza (UICN, 1994):

Especies extintas:
- Extinta (EX)
- Extinta en estado silvestre (EW)
Especies amenazadas:
- En peligro crítico (CR)
- En peligro (EN)
- Vulnerable (VU)
Especies con menor riesgo (LR):
- Dependiente de conservación (cd)
- Casi amenazada (nt)
- Preocupación menor (le)

Referencias a la conservación (CONS): Actividades de conservación realizadas (Laguna et al., 1998)

Censos detallados (CD), Censos aproximados u orientativos (CO), Estudio de biodiversidad a nivel isoenzimático y/o de ADN (ED), Semillas o bancos de germoplasma (BS), Protocolo de germinaciçon perfeccionado (PG), Protocolo de propagación in vitro completo (PI), Protocolo de propagación in vitro incompleto (Pip), Protocolo de propagación vegetativa (PV), Plantas mantenidas en cultivo con destino a usos conservacionistas (MC), Reforzamiento de poblaciones o reintroducciones (RR), Bases de plan técnico para la recuperación redactadas (BPT), Presente en microrreservas (MR), Presente en Espacios Naturales Protegidos declarados o con Programa de Ordenación de Recursos Naturales aprobado (ENP).

Referencias a la protección jurídica actual (PROT):
- PE: Especies protegidas por la Directiva 92/43/CEE en anexos II (protección de la especie y su hábitat) y IV (protección estricta de la especie).
- PN: Protegida por el catálogo Nacional de Especies Amenazadas como especie en Peligro de Extinción (PN-I) o de interés especial (PN-II).
- PV: Protegida a nivel autonómico por la Orden de 20 de diciembre de 1985 en su anexo de protección estricta (PV-I), parcial (PV-II) o recolección regulada (PV-III).

A continuación se describen las especies endémicas, en función de las tres categorías establecidas previamente, localizadas en el término de Godella por el grupo “El Llentiscle” en su mayor parte.
- Grupo de endemismos exclusivos de la Comunidad Valenciana, donde se incluyen las siguientes especies:
• Teucrium edetanum M.B. (Labiatae). Es conocida como zamarrilla, poliol mascle o poliol amarg. UICN: LRnt; PROT: PV-III.
- Grupo de endemismos casi exclusivos o de área muy restringida:

• Helianthemum origanifolium sub. glabratum (WillK.) Guinea & Heywood (Cistaceae). Hierba del hígado, setge o herba del setge. UICN: LRlc; CONS: MR, ENP.
• Sideritis tragoriganum sub. tragoriganum Lag. (Labiatae). UICN: LRlc; CONS: BS, PG, MR, ENP; PROT: PV-III.
• Thymus piperella L. (Labiatae). Se conoce como pimentera o pebrella. UICN: LRlc; CONS: BS, PG, MC, MR; PROT: PV-III.
• Thymus vulgaris sub. aestivus (Reut. ex Willk.) A. Bolòs & O. Bolòs (Labiatae). Se trata de un taxon a veces difícilmente distinguible de la subespecie tipo. UICN: LRlc.; CONS: BS, MR; PROT: PV-III.

- Endemismos ibéricos o ibero-baleáricos de distribución amplia:

• Centaurea aspera sub. stenophylla (Dufour) Nyman (Compositae). Su nombre vulgar es bracera, santaula o margenera vera. UICN: LRlc; CONS: BS, MR, ENP.
• Coris monspeliensis sub. fontqueri Mascl. (Primulaceae). Se trata de un taxon todavía no demasiado bien identificado (Laguna et al., 1998). UICN: LRlc; CONS: MR, ENP.
• Hippocrepis scabra DC. (Leguminosae). Herba de la ferradura. UICN: LRlc; CONS: MR.
• Launaea pumila (Cav.) Kuntze (Compositae). Se la conoce como falsa escorzonerilla, llicsò y llicsò bord. UICN: LRlc; CONS: MR.
• Misopates orontium sub. pusillus (Molero) G. Mateo & M.B. Crespo (Scrphulariaceae). Boca de dragón menor, conillets de runar. UICN: LRlc.
• Rhamnus lycioides sub. lycioides L. (Rhamnaceae). Espino negro, espinal o espí negre. UICN: LRlc; CONS: MR, ENP.

Como se puede comprobar se trata de especies vegetales con un grado de amenaza de menor riesgo según las categorías de la UICN, y que en los casos en que se encuentran protegidas lo están a nivel autonómico y con protección parcial o recolección regulada. En cualquier caso la protección y conservación de los endemismos, como parte del patrimonio natural de una región, implica la conservación de sus hábitats y, en conjunto, de los ecosistemas de los que dependemos natural y económicamente.

Por otra parte debemos citar también la presencia de la orquídea Ophrys speculum, conocida como espejo de Venus, protegida como todas las orquídeas autóctonas de la U.E. frente al comercio internacional, perteneciendo a la categoría de máxima protección según el Convenio CITES (Washington, 1973).

 
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